Madrid Crece. Estrategia Urbana 360

Se autoriza la ejecución simultánea de las obras de urbanización y edificacióncorrespondientes a la etapa 3 del UZPp 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales

Se autoriza la ejecución simultánea de las obras de urbanización y edificacióncorrespondientes a la etapa 3 del UZPp 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales

Ayuntamiento de Madrid

Proyecto de urbanización del UZPp 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”. Expediente
714/2003/03039 
Notificación resolución autorización ejecución simultánea

El Director General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras, por su Resolución de fecha 9
de abril de 2026, y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por Acuerdo de 29 de
junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la
organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, ha dispuesto lo
siguiente:

RESUELVO
PRIMERO. Autorizar la ejecución simultánea de las obras de urbanización y edificación
correspondientes a la etapa 3 del UZPp 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”
SEGUNDO: Advertir a la propiedad del ámbito que:
1º.- Con carácter previo al otorgamiento de cada una de las licencias de obras de edificación
que se soliciten en el ámbito de la unidad, deberá aportarse el compromiso de no utilizar las
edificaciones en tanto no estén concluidas las obras de urbanización.
2º.- Durante el periodo de tiempo en que se lleve a cabo la ejecución simultánea, la propiedad
del ámbito en coordinación con los servicios técnicos municipales, deberá realizar la vigilancia
necesaria para que las obras de edificación que se estén ejecutando no causen deterioro a la
urbanización, siendo responsable del mismo ante este Ayuntamiento
TERCERO: Dar traslado de la resolución a los interesados”
Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectos oportunos, advirtiéndole que, contra la
expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se
indican a continuación:
I.- Recurso de REPOSICIÓN potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo
órgano que dictó la resolución en el plazo de UN MES, o bien, directamente recurso
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de DOS
MESES, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la
presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y
disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia
de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
II.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime
pertinente (artículo 40.2 LPAC).