Madrid Crece. Estrategia Urbana 360

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Tanto si eres ciudadano interesado en los nuevos barrios como profesional del sector urbanístico, aquí encontrarás las respuestas más relevantes para tu perfil.

1. ¿Qué son los "grandes desarrollos" de Madrid?

Son áreas planificadas para crear nuevos barrios con viviendas, zonas verdes, colegios, transporte público y equipamientos. Forman parte del desarrollo urbano previsto por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM-97).

El desarrollo se realiza por fases. Como se explica en esta web es un proceso que primero se diseña pormenorizadamente cada ámbito, se crean las parcelas conforme a ese diseño, ejecutan las obras de urbanización (calles, alcantarillado, electricidad, ..etc) y después comienzan las promociones de vivienda. Estas fases duran años, depende de la envergadura del ámbito, la complejidad de las operaciones jurídicas y técnicas que deban realizarse y de los actores que lo lleven a efecto.

Sí, todos los desarrollos deben reservar un porcentaje de suelo para vivienda protegida, además de parcelas para equipamientos públicos.

Aproximadamente entre un 30% y un 40% de la edificabilidad residencial de estos desarrollos se destina a vivienda protegida. Esto incluye vivienda de protección pública de precio limitado (VPPL) y vivienda de protección pública básica o de alquiler con opción a compra (VPPB). El resto se destina a vivienda libre, usos industriales, terciarios y dotacionales

Algunos desarrollos colindan con el Sector 2 de Cañada Real, donde existen edificaciones incompatibles con el planeamiento urbanístico.

Es una asociación formada por los propietarios de terrenos de un sector que se encarga de gestionar y ejecutar la urbanización. Sus funciones principales son costear las obras de urbanización, repartir de forma equitativa los beneficios y las cargas entre todos los propietarios, y ceder al Ayuntamiento los terrenos destinados a dotaciones públicas (colegios, centros de salud, zonas verdes, etc.). Una vez finalizadas las obras y recepcionadas por el Ayuntamiento, la Junta se disuelve.

Los proyectos están organizados en etapas sucesivas de urbanización para permitir un desarrollo ordenado y progresivo. Los plazos de finalización de cada etapa dependen de múltiples factores: el ritmo de ejecución de las obras de urbanización, la disponibilidad de financiación, la demanda del mercado inmobiliario y la concesión de licencias de edificación. El Ayuntamiento supervisa el cumplimiento de los compromisos adquiridos por las Juntas de Compensación para garantizar el avance de los desarrollos.

1. ¿Qué figura urbanística rige estos desarrollos?

Cada ámbito se gestiona conforme al Título III de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrird y al PGOUM-97. Puede consultar su estado y detalles en: https://servpub.madrid.es/IDEAM_WBGEOPORTAL/visor_din.iam?clave=VSURB

El sistema es de compensación, gestionado por la Junta de Compensación, que agrupa a los propietarios y coordina la urbanización y cesión de suelos.

El Proyecto de Reparcelación valora edificaciones incompatibles conforme al Real Decreto 3288/1978 y al Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo. Solo se indemnizan construcciones legales o legalizables; las ilegales se consideran no indemnizables.

En las Normas Urbanísticas del Plan Parcial y en las NNUU del PGOUM-97 (Título 6 y 7). Incluyen parámetros de edificabilidad, altura máxima, retranqueos, factor verde, dotaciones y usos autorizables.

Estos barrios se desarrollan conforme al Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997. Tras diversas sentencias judiciales, en 2013 se aprobó una Revisión Parcial del Plan de 1985 y una Modificación del Plan de 1997 que establecen la ordenación detallada de Valdecarros, Los Ahijones, Los Cerros y Los Berrocales. El Cañaveral se rige por su propio Plan Parcial aprobado anteriormente.

El número de viviendas de cada ámbito es una estimación que se calcula teniendo en cuenta la superficie total de las parcelas de uso residencial unifamiliar y colectivo, tanto libre como protegida, y la superficie de una vivienda de tipología media.

Como norma general se ha tomado una superficie de vivienda colectiva de tipología media de 100 m2, y unifamiliar de 150 m2.

Excepcionalmente, en el barrio Solana de Valdebebas, se ha considerado una vivienda de tipología media colectiva libre de 180 m2, colectiva protegida de 100 m2 y unifamiliar libre de 200 m2.

En cada fase de planeamiento, se han considerado los hitos más relevantes y se han ponderado cada uno de ellos según su importancia, de modo que en función de si se ha alcanzado o no el hito correspondiente y de su relevancia, se calcula el grado de ejecución estimado.

En concreto las ponderaciones de cada fase son:

Planeamiento: no ha sido preciso establecer una ponderación de cada hito, dado que, en la totalidad de los barrios mostrados, se alcanza el 100% de esta fase.

Gestión:

  • Formalización de la iniciativa: 3%
  • Estatutos y Bases de Actuación: Aprobación definitiva 7%
  • Constitución de la Junta de Compensación: Aprobación Municipal 5%
  • Expropiación de no-adheridos: 15%
  • Reparcelación: Sometimiento a Información Pública 40%
  • Reparcelación: Aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación 20%
  • Reparcelación: Inscripción en el Registro de la Propiedad 10%

Urbanización:

  • Proyecto de Urbanización: Aprobación definitiva 10%
  • Inicio obras urbanización 5%
  • Simultaneidad con Licencias de Edificación 10%
  • Recepción Parcial 60%
  • Recepción Final  15%

Edificación:

  • Licencias de obra solicitada 5%
  • Licencia de obra concedida 5%
  • Licencia de primera ocupación concedida 90%

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